Trámite revisado el 9 de agosto de 2026

Cancelar los antecedentes penales

Comprueba la fecha de extinción, calcula el plazo legal y presenta la solicitud específica ante el Ministerio de Justicia.

Respuesta directa

Puedes pedir al Ministerio de Justicia la cancelación cuando la responsabilidad penal esté extinguida y haya transcurrido, sin volver a delinquir, el plazo que corresponda a la pena. La solicitud electrónica se presenta con Cl@ve y deja un justificante en PDF.

Cuándo se puede solicitar

Deben cumplirse dos condiciones: que la responsabilidad penal esté extinguida y que haya transcurrido el periodo de espera del artículo 136 del Código Penal sin cometer un nuevo delito. La inscripción también puede cancelarse de oficio o por comunicación del órgano judicial, pero presentar la solicitud permite iniciar y seguir un expediente concreto.

Plazos de espera según la pena

  • Seis meses para penas leves.
  • Dos años para penas que no excedan de doce meses y para las impuestas por delitos imprudentes.
  • Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  • Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • Diez años para penas graves.

La clasificación jurídica de la pena y su fecha de extinción deben comprobarse en la sentencia y en la ejecutoria. No deduzcas el plazo únicamente por el nombre del delito.

Desde qué día se cuenta

Como regla general, el plazo empieza el día siguiente a aquel en que quedó extinguida la pena. Cuando hubo suspensión de la ejecución y después remisión definitiva, el Código Penal establece una regla especial de cómputo retroactivo; conviene revisar la resolución judicial antes de fijar la fecha.

Cómo presentar la solicitud

  1. Accede al trámite específico de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
  2. Identifícate con Cl@ve y completa los datos de la persona titular de los antecedentes.
  3. Revisa las condenas o datos que deban cancelarse y adjunta la documentación que solicite el formulario.
  4. Firma y registra la solicitud.
  5. Descarga la instancia presentada y el justificante de registro.

Documentación útil

Prepara un documento de identidad vigente y, cuando ayude a localizar o completar la información, la sentencia, la ejecutoria, la liquidación de condena o la resolución que acredite la extinción. Si actúa una persona representante, debe acreditarse la representación.

Qué ocurre si falta la fecha de extinción

La regulación vigente prevé que el Registro Central de Penados requiera al Letrado o Letrada de la Administración de Justicia para revisar y actualizar la nota de condena en un plazo máximo de diez días. Esto puede ser necesario cuando el registro no contiene todavía la fecha desde la que debe calcularse la cancelación.

Plazo para resolver

El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses. La falta de resolución dentro de ese plazo tiene efecto desestimatorio. Esto no significa automáticamente que la solicitud sea incorrecta ni impide consultar el expediente o utilizar las vías de impugnación que indique la notificación o la normativa aplicable.

Qué cambia después de la cancelación

La inscripción deja de figurar como antecedente penal vigente en los certificados ordinarios. La información cancelada se conserva en una sección especial y separada, accesible únicamente para los juzgados y tribunales españoles en los supuestos legalmente previstos.

No es lo mismo que pedir un certificado.

El certificado muestra la situación registral en una fecha. La cancelación modifica la vigencia de la inscripción cuando se cumplen los requisitos legales.

Fuentes oficiales

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