Sí. No es necesario tener tres hijos en este caso: el padre o la madre con dos hijos puede obtener el título cuando ha fallecido el otro progenitor.
El reconocimiento no es automático
El fallecimiento y la existencia de dos hijos permiten encajar en el supuesto legal, pero la condición se acredita mediante el título oficial expedido por la comunidad autónoma. Debes presentar la solicitud correspondiente.
Cuándo puede cambiar la respuesta
Los hijos deben cumplir las condiciones generales de la Ley de Familias Numerosas. Como regla general han de ser solteros, menores de 21 años, convivir con el progenitor y depender económicamente de la unidad familiar.
El límite puede ampliarse hasta los 25 años por estudios, y no se aplica por edad en determinados supuestos de discapacidad o incapacidad para trabajar.
Qué documentos suelen ser relevantes
La administración autonómica puede pedir documentos de identidad, certificados de nacimiento o filiación, certificado de defunción del otro progenitor y pruebas de convivencia. También puede exigir acreditación de estudios, discapacidad o ingresos cuando resulte necesaria.
Qué debes hacer
Localiza el procedimiento de familia numerosa de tu comunidad autónoma, revisa la documentación exacta y presenta la solicitud. Guarda el justificante: si la resolución es favorable, los beneficios producen efectos desde la fecha de presentación.
Fuente oficial
Artículo 2 de la Ley 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas.