Revisado el 29 de julio de 2026

¿Qué pasa si no respondo al requerimiento para aceptar una herencia?

En el régimen del Código Civil común, el silencio durante los 30 días naturales posteriores a la comunicación notarial produce la aceptación pura y simple de la herencia.

Respuesta directa

Si recibes el requerimiento notarial del artículo 1005 y no respondes en 30 días naturales, se entiende que has aceptado la herencia pura y simplemente. Esto puede hacerte responder de las deudas hereditarias también con tus bienes personales.

Desde cuándo se cuentan los 30 días

El plazo comienza cuando la comunicación notarial se practica de forma válida. Son días naturales, por lo que se cuentan sábados, domingos y festivos. Revisa la diligencia o copia recibida para identificar la fecha exacta.

Qué opciones tienes

  • Aceptar pura y simplemente.
  • Aceptar a beneficio de inventario, cumpliendo sus requisitos y plazos.
  • Repudiar la herencia ante notario.

Por qué no conviene guardar silencio

La aceptación pura y simple implica asumir la posición hereditaria sin la separación patrimonial propia del beneficio de inventario. Si desconoces las deudas, solicita asesoramiento y reúne información antes de que termine el plazo.

Qué hacer ahora

Contacta cuanto antes con una notaría, lleva el requerimiento y el título sucesorio y explica si necesitas valorar el beneficio de inventario. No esperes al último día, porque algunas opciones requieren preparar documentación y realizar actuaciones adicionales.

Fuentes oficiales

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