Respuesta revisada el 1 de agosto de 2026

¿Puede firmar una resolución una persona suplente?

Sí. Una persona suplente puede ejercer temporalmente las funciones del titular cuando existe vacante, ausencia, enfermedad, abstención o recusación.

Respuesta directa

La firma puede ser válida aunque no corresponda al titular habitual. Debe quedar claro que la persona actúa por suplencia y a qué órgano está sustituyendo.

Qué cambia durante la suplencia

Cambia temporalmente la persona que ejerce las funciones. La competencia no se transfiere: sigue perteneciendo al mismo órgano administrativo.

Quién designa al suplente

La designación corresponde al órgano competente para nombrar al titular. Si no existe una suplencia prevista o designada, la Administración superior de la que dependa el órgano puede determinar quién la ejerce.

¿Tiene que publicarse la suplencia?

La Ley 40/2015 indica que la publicación no es necesaria para que la suplencia sea válida. Puede haber una norma específica que exija publicidad o establezca cómo debe hacerse la sustitución.

Qué debe indicar la resolución

El acto debe identificar al titular del órgano al que se suple y a quien ejerce la suplencia. Así puedes comprobar qué órgano ha actuado y por qué firma otra persona.

Qué hacer si tienes dudas

Pide acceso al expediente o presenta un escrito solicitando la identificación y el fundamento de la suplencia. Si vas a impugnar la resolución, comprueba el recurso y el plazo indicados en su pie de recursos.

Fuente oficial

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