La Administración no puede escoger libremente cualquier medida. El medio debe estar previsto por la ley, ser adecuado para la obligación concreta y respetar el principio de proporcionalidad.
Qué medios contempla la Ley 39/2015
- Apremio sobre el patrimonio.
- Ejecución subsidiaria.
- Multa coercitiva.
- Compulsión sobre las personas.
No todos sirven para cualquier obligación
Cada medio tiene requisitos propios. Por ejemplo, la ejecución subsidiaria se utiliza cuando otra persona puede realizar la actuación, mientras que la compulsión directa exige una obligación personalísima y una autorización legal expresa.
Qué ocurre si hay varias opciones válidas
La Administración debe elegir la menos restrictiva de la libertad individual. Además, la actuación debe ser proporcionada a la finalidad que pretende conseguir.
Qué puedes revisar en la notificación
- La norma que permite el medio elegido.
- La relación entre ese medio y la obligación incumplida.
- La existencia de alternativas admisibles.
- La explicación de por qué la medida es necesaria y proporcionada.
Qué hacer si no lo ves justificado
Presenta un escrito dentro del plazo indicado o cuanto antes si no aparece uno específico. Expón la alternativa menos restrictiva y aporta las pruebas que apoyen tu propuesta. Si la ejecución puede causarte un perjuicio difícil de reparar, solicita también la suspensión.