Qué conductas contempla la ley
El artículo 125.1.d de la Ley 39/2015 menciona la prevaricación, el cohecho, la violencia, la maquinación fraudulenta y cualquier otra conducta punible que haya provocado la resolución administrativa.
No basta con que la sentencia describa un delito relacionado de forma general. Debes poder conectar la conducta declarada judicialmente con la resolución que quieres revisar.
Desde cuándo empiezan los tres meses
El plazo empieza cuando la sentencia judicial queda firme, no necesariamente el día en que se dicta. Una sentencia puede admitir recurso durante un tiempo y adquirir firmeza después.
Pide una acreditación de la firmeza y anota la fecha exacta. Si existe duda sobre el cómputo o la sentencia es antigua, conviene obtener asesoramiento jurídico antes de presentar el escrito.
El acto administrativo también debe ser firme
El recurso extraordinario de revisión se dirige contra actos firmes en vía administrativa. Si todavía puedes presentar alzada o reposición dentro de plazo, comprueba primero cuál es la vía ordinaria correcta.
Qué debes demostrar
- Cuál es el acto administrativo firme.
- Qué conducta punible declara la sentencia.
- Que la sentencia es firme y desde qué fecha.
- Cómo esa conducta produjo o condicionó la resolución.
- Que presentas el recurso dentro de los tres meses.
No confundas esta causa con un documento falso
Si la sentencia declara falso un documento o un testimonio que influyó esencialmente, la causa puede ser la del artículo 125.1.c. Si declara que la propia resolución se dictó como consecuencia de una conducta punible, puede corresponder la causa del artículo 125.1.d.
Fuentes oficiales
- Ley 39/2015, artículo 125.1.d y artículo 125.2.
- Ministerio de la Presidencia: causas y plazo del recurso extraordinario de revisión.