Pregunta revisada el 3 de agosto de 2026

¿Pierdo la nacionalidad española si adquiero otra?

No siempre. Si eres español de origen y resides habitualmente en el extranjero, puede existir un plazo de tres años para declarar que quieres conservarla.

Respuesta directa

Adquirir otra nacionalidad no provoca siempre la pérdida automática de la española. La respuesta depende de si eres español de origen, de tu residencia habitual, del país cuya nacionalidad adquieres y de si declaras la conservación dentro del plazo aplicable.

Regla general para españoles de origen que viven fuera de España

Si estás emancipado, resides habitualmente en el extranjero y adquieres voluntariamente otra nacionalidad, la pérdida puede producirse cuando transcurren tres años desde la adquisición. Puedes evitarla declarando dentro de ese plazo tu voluntad de conservar la nacionalidad española ante el Registro Civil.

Países cuya nacionalidad no basta para producir la pérdida

Para una persona española de origen, adquirir la nacionalidad de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no basta por sí solo para producir la pérdida conforme al artículo 24.1. El convenio bilateral vigente permite también adquirir la nacionalidad francesa conservando la española.

Esta excepción no elimina otras posibles causas, como una renuncia expresa o las reglas especiales de quienes nacieron y residen en el extranjero. Por eso conviene comprobar el caso completo.

Si ya tenías otra nacionalidad antes de emanciparte

También puede comenzar un plazo de tres años desde la emancipación cuando resides habitualmente en el extranjero y utilizas exclusivamente la nacionalidad extranjera que ya tenías. La declaración de conservación evita esta pérdida.

Si adquiriste la nacionalidad española por residencia u otra vía

Adquirir una nueva nacionalidad no aparece por sí solo como causa general en el artículo 25. Sin embargo, puedes perder la española si durante tres años utilizas exclusivamente la nacionalidad a la que declaraste renunciar al adquirir la nacionalidad española.

Cómo contar el plazo

La fecha inicial depende del supuesto: normalmente será la fecha de adquisición voluntaria de la otra nacionalidad o la fecha de emancipación. Reúne el certificado o resolución de nacionalidad extranjera y tu inscripción de nacimiento española para que el Registro Civil pueda comprobarlo.

Qué hacer antes de que termine

  1. 1. Localiza la fecha que inicia el plazo.

    Comprueba cuándo adquiriste la otra nacionalidad o cuándo te emancipaste.

  2. 2. Contacta con el Registro Civil o consulado.

    Pregunta si tu caso exige una declaración de conservación y cómo pedir cita.

  3. 3. Formula la declaración.

    No esperes a renovar el pasaporte ni confíes solo en el uso de documentos españoles.

  4. 4. Guarda la inscripción o justificante.

    Conserva la prueba de que la declaración se realizó dentro de plazo.

Fuentes oficiales

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