Pregunta revisada el 28 de julio de 2026

¿Paga el consulado la repatriación de una persona fallecida?

El Consulado tramita y orienta, pero no sufraga la repatriación. Revisa primero los seguros y pide un presupuesto completo.

Respuesta directa

No. La Oficina Consular y el Ministerio de Asuntos Exteriores no pagan la repatriación del cuerpo. La familia debe comprobar si un seguro cubre el traslado y, si no lo cubre, contratar y asumir los servicios privados.

Qué hace el Consulado

La Oficina Consular puede informar sobre el procedimiento, mantener el contacto con las autoridades locales, coordinarse con la aseguradora y la funeraria y tramitar la documentación consular necesaria. También comunica la llegada a las autoridades sanitarias españolas cuando corresponde.

Qué no hace

El Consulado no contrata por la familia, no recomienda una empresa concreta y no asume el coste del féretro, la preparación, los certificados, el transporte ni el servicio funerario en España.

Qué debes comprobar en el seguro

  • Si existe seguro de viaje, de decesos, de vida o cobertura vinculada a una tarjeta.
  • Si la póliza exige llamar antes de contratar una funeraria.
  • Qué destino cubre y si permite elegir entre repatriación y cremación local.
  • Qué gastos quedan fuera y quién debe adelantarlos.
  • Qué justificantes deben guardarse para pedir un reembolso.

Qué hacer si no encuentras una póliza

Contacta con el Consulado para conocer el procedimiento y con varias funerarias para pedir presupuestos comparables. No autorices servicios sin saber qué incluyen, qué trámites gestionan y qué pagos se exigen por adelantado.

Fuentes oficiales

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