Hoy, 21 de agosto de 2026, las nuevas reglas todavía no están en vigor. Empiezan a aplicarse el 1 de octubre de 2026, salvo la obligación específica de llevar el alumbrado encendido durante el día, que se retrasa hasta el 1 de octubre de 2027.
Qué debes cumplir ahora, hasta el 30 de septiembre
Hasta que entre en vigor la reforma, sigue las normas actuales de la DGT y la ordenanza de tu municipio. Los VMP no pueden circular por las aceras y el casco puede ser obligatorio si lo exige la ordenanza municipal. Además, el vehículo debe cumplir los requisitos técnicos que le correspondan y, cuando proceda, estar inscrito y asegurado.
Qué cambia el 1 de octubre de 2026
- Casco: será obligatorio llevar un casco de protección homologado o certificado y correctamente abrochado.
- Edad mínima: no podrán conducir un VMP las personas menores de 15 años.
- Maniobras: tendrás que utilizar el brazo para advertir de los movimientos que vayas a realizar.
- Noche o poca visibilidad: además de las reglas de alumbrado del vehículo, deberás llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.
- Uso profesional: quien trabaje desplazándose en VMP deberá utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad.
- Algunas vías fuera de poblado: se mantiene la prohibición general en autopistas, autovías y travesías, pero se permite circular por determinadas vías ciclistas o vías sin tráfico de vehículos de motor cuando la señalización no lo prohíba.
La prohibición de circular por la acera no empieza en octubre
No es una regla nueva. La DGT ya prohíbe actualmente circular con un VMP por las aceras. La reforma refuerza el marco estatal de las zonas peatonales y mantiene a los ayuntamientos como responsables de concretar por qué vías y zonas urbanas pueden circular estos vehículos.
Cuándo será obligatorio llevar las luces encendidas de día
El nuevo artículo 155 establece que el VMP debe llevar siempre encendido el alumbrado, pero el propio Real Decreto contiene una regla transitoria: la obligación de usarlo durante el día se exigirá a partir del 1 de octubre de 2027, un año después de la entrada en vigor de la reforma.
Esto no elimina las obligaciones actuales cuando circulas de noche o con poca visibilidad. Comprueba que el alumbrado del vehículo funciona y sigue la normativa municipal que sea aplicable.
Qué debe comprobar cada ayuntamiento
La norma estatal no sustituye por completo las ordenanzas locales. El ayuntamiento seguirá regulando las vías y zonas urbanas por las que pueden circular los VMP y podrá desarrollar las condiciones de circulación dentro de sus competencias, sin contradecir el Reglamento General de Circulación.
Calendario práctico
- Hasta el 30 de septiembre de 2026: se aplican las reglas estatales actualmente vigentes y la ordenanza municipal correspondiente.
- Desde el 1 de octubre de 2026: entran en vigor el casco obligatorio, la edad mínima de 15 años y el resto de novedades del Real Decreto 518/2026.
- Desde el 1 de octubre de 2027: comienza la obligación estatal específica de utilizar el alumbrado del VMP durante el día.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 518/2026 — BOE.
- Resumen de los cambios para usuarios vulnerables — DGT.
- Normas actualmente vigentes para circular en patinete — DGT.