Término revisado el 30 de julio de 2026

Notificación infructuosa en un procedimiento administrativo

Una notificación es infructuosa cuando no puede practicarse, o cuando la Administración desconoce a la persona interesada o el lugar o medio para localizarla.

Definición clara

Una notificación es infructuosa cuando no puede practicarse por alguno de los supuestos previstos legalmente. Puede ocurrir porque la persona interesada es desconocida, no se conoce el lugar o el medio adecuado para notificarla, o el intento efectuado no ha tenido éxito. En esos casos, el artículo 44 de la Ley 39/2015 exige publicar un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Ejemplo práctico

Una Administración intenta entregar una notificación en papel en el domicilio disponible. Nadie puede hacerse cargo y el segundo intento exigido por la ley tampoco permite entregarla. El órgano deja constancia de los intentos y publica el anuncio de notificación en el BOE.

Diferencia con el rechazo

En el rechazo, la persona interesada o su representante se niega a recibir la notificación y esa circunstancia queda registrada. El trámite se considera efectuado y el procedimiento continúa. En la notificación infructuosa no se ha podido realizar la entrega o faltan datos para intentarla de forma válida.

Diferencia con una publicación general

La publicación general de un acto puede estar prevista por la norma del procedimiento, afectar a una pluralidad indeterminada o utilizarse en procesos selectivos. La notificación infructuosa es un mecanismo específico para comunicar un acto a quien no ha podido ser notificado por los cauces ordinarios.

Diferencia con una notificación electrónica no abierta

Cuando una notificación electrónica obligatoria o elegida se pone a disposición y transcurren diez días naturales sin acceso, la ley la considera rechazada. No es el mismo supuesto que una notificación infructuosa del artículo 44.

Publicaciones complementarias

Además del anuncio obligatorio en el BOE, la Administración puede utilizar boletines autonómicos o provinciales, tablones municipales, consulados u otros medios. Son complementarios y no sustituyen la publicación en el BOE.

Protección del contenido

Si publicar el acto completo puede perjudicar derechos o intereses legítimos, el anuncio puede limitarse a una indicación resumida y señalar el lugar y el plazo para comparecer y conocer el contenido íntegro.

Dónde se consulta

Los anuncios se buscan en el Tablón Edictal Único del BOE. El servicio permite filtrar por texto, departamento, materia, número de boletín y fecha de publicación.

Fuentes oficiales

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