Glosario revisado el 26 de julio de 2026

Cuota reducida para autónomos

Es un beneficio temporal en la cotización para determinadas personas que empiezan o retoman una actividad por cuenta propia. También se conoce como tarifa plana.

Definición clara

La cuota reducida es una cantidad especial y temporal que paga una persona autónoma al iniciar la actividad cuando cumple los requisitos legales. “Tarifa plana” es el nombre habitual; la norma utiliza la expresión “cuota reducida”.

Qué significa en la práctica

En lugar de calcular la cuota ordinaria según la base elegida dentro del tramo de rendimientos, durante un periodo limitado se aplica la cuantía reducida fijada para este beneficio.

Ejemplo práctico

Una persona que se da de alta por primera vez selecciona la cuota reducida durante el trámite de Importass. La Seguridad Social muestra el importe aplicable y lo mantiene durante el primer periodo, siempre que no cause baja.

Qué cubre

La reducción se aplica a contingencias comunes y profesionales. Durante el primer periodo no se cotiza por cese de actividad ni por formación profesional. Las prestaciones que puedan reconocerse se calculan con la base mínima del tramo inferior de la tabla general.

No es lo mismo que una base reducida

Cuota reducida o tarifa plana: beneficio temporal ligado al inicio o reinicio de la actividad.

Tabla reducida de bases: opción vinculada a una previsión baja de rendimientos netos. No sustituye los requisitos de la cuota reducida.

Cuándo aparece

  • En el alta inicial en trabajo autónomo.
  • Al reanudar una actividad después del periodo mínimo sin alta.
  • Al solicitar la prórroga por rendimientos inferiores al salario mínimo interprofesional.
  • Al renunciar al beneficio antes de que termine.

Trámites relacionados

Fuentes oficiales