Glosario revisado el 5 de agosto de 2026

Bastanteo de un poder

El bastanteo es una revisión jurídica que determina si un poder concede facultades suficientes para una actuación concreta.

Definición

El bastanteo es la valoración realizada por el servicio jurídico competente para comprobar que un poder permite a la persona representante realizar la actuación prevista.

Explicado sin jerga

No basta con que exista un documento de poder: sus facultades deben cubrir exactamente la gestión que se quiere realizar. El bastanteo revisa esa suficiencia.

Ejemplo práctico

Una persona dispone de un poder para presentar escritos, pero quiere vender un bien en nombre de otra. El poder puede ser válido para la primera actuación y no ser suficiente para la segunda.

Diferencia con la inscripción

La inscripción incorpora el apoderamiento al registro. El bastanteo valora jurídicamente su suficiencia. Son actuaciones distintas.

Diferencia con la aceptación

La aceptación expresa que la persona apoderada asume el poder. No sustituye la revisión de las facultades incluidas.

Dónde aparece

Puede constar en registros electrónicos de apoderamientos y ser relevante al utilizar poderes notariales u otros documentos de representación.

Cuándo suele exigirse en el REA-AGE

El bastanteo es necesario cuando la persona apoderada solicita la inscripción aportando un poder notarial o el documento admitido que acredita la voluntad de representación. El servicio jurídico revisa si las facultades son suficientes para el tipo de poder y las actuaciones indicadas. Hasta un informe favorable, el asiento no debe considerarse autorizado.

Qué ocurre si falta información

Puede recibirse un requerimiento para corregir defectos o aportar documentos. Lee qué dato o facultad no se ha acreditado y responde por el canal indicado dentro del plazo concedido. No presentes de nuevo toda la documentación sin relacionarla con el defecto señalado. Conserva el requerimiento, la respuesta y el justificante.

Fuentes oficiales

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