Trámite revisado el 17 de agosto de 2026

Cómo solicitar una carta de invitación para una persona extranjera

Si vas a alojar en tu casa a una persona extranjera que viene por turismo o visita privada, la carta se solicita ante la Comisaría de Policía de tu lugar de residencia. Acredita el alojamiento, pero no sustituye los demás requisitos de entrada.

Respuesta práctica

La carta de invitación la pide la persona que va a alojar a la visitante en España. Debes dirigir la solicitud a la Comisaría de Policía de tu lugar de residencia, preparar tus datos, los de la persona invitada y una prueba de que dispones de la vivienda. La expedición depende de una resolución favorable.

Para qué sirve la carta de invitación

Sirve para acreditar el alojamiento de una persona extranjera que viene a España por motivos turísticos o privados y se hospedará en el domicilio de un particular. No sustituye el pasaporte, el visado cuando sea necesario ni los demás requisitos de entrada.

Quién puede solicitarla

La Orden que regula este documento contempla a particulares españoles, nacionales de un Estado de la Unión Europea o beneficiarios del régimen comunitario y personas extranjeras que residan legalmente en España. La solicitud la presenta quien asume el alojamiento de la persona invitada.

Dónde se solicita

Debes dirigir la solicitud a la Comisaría de Policía de tu lugar de residencia. El Ministerio del Interior indica que, cuando corresponda, debes obtener cita previa para iniciar el trámite.

Qué datos y documentos debes preparar

  • Tus datos de identidad y domicilio.
  • Una manifestación expresa de que vas a invitar y alojar a esa persona, indicando si será en tu vivienda habitual o en una segunda vivienda.
  • Un documento que acredite que dispones de la vivienda, por ejemplo escritura o título de propiedad, contrato de alquiler u otro documento análogo válido.
  • La relación o vínculo que mantienes con la persona invitada.
  • Los datos de la persona invitada: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio y número de pasaporte.
  • Las fechas aproximadas de la estancia, con el primer y último día previstos.

La Policía puede pedir una entrevista para comprobar tu identidad, la documentación y la veracidad de la información.

Cuánto cuesta

El Ministerio del Interior publica actualmente dos conceptos principales: 75,05 € por la «Autorización de expedición de Carta de invitación (Solicitud)» y 6,54 € por la «Expedición de Carta de invitación». También publica 1,09 € por cada compulsa o desglose de documentos cuando proceda. Comprueba la tabla oficial antes de pagar porque las tasas pueden actualizarse.

Cuánto tarda

El Ministerio del Interior no publica un plazo general fijo para resolver y entregar la carta. Indica que depende de las circunstancias de cada solicitud. Si vas justo de tiempo, no des por hecho que la tendrás en unos días: además de la tramitación, tendrás que hacer llegar el documento a la persona invitada antes de su viaje.

Qué ocurre después de una resolución favorable

La notificación favorable contiene el aviso para recoger la carta. La normativa establece que el abono de la tasa correspondiente a esa expedición debe hacerse dentro del mes siguiente a la notificación y que debes aportar el justificante para recoger el documento.

Después, entrega o envía la carta a la persona invitada para que pueda aportarla cuando corresponda. La carta no garantiza por sí sola la entrada en España.

Si deniegan la solicitud

La denegación debe estar motivada e indicar qué recurso puede presentarse, ante qué órgano y dentro de qué plazo. Revisa la notificación concreta antes de actuar.

Fuentes oficiales

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