Comunica al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el inicio, el final o un cambio relevante del trabajo cuando pueda afectar a la pensión. Para personas de 21 años o más, superar el salario mínimo interprofesional en cómputo anual puede suspender el pago.
Cuándo debes comunicar el cambio
Hazlo cuando empieces o termines un trabajo por cuenta ajena o propia y tengas 21 años o más. También debes comunicar una variación de ingresos si puede hacer que superes o vuelvas a quedar por debajo del límite anual.
Qué ingresos se tienen en cuenta
Se revisan los ingresos del trabajo en cómputo anual. La Seguridad Social también incluye determinadas prestaciones que sustituyen al salario, como desempleo, incapacidad temporal o nacimiento y cuidado de menor.
Cuándo se suspende la pensión
Si tienes 21 años o más, no tienes una reducción de la capacidad laboral equivalente a incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad y superas el salario mínimo interprofesional anual, la pensión queda suspendida. Con carácter general, la suspensión produce efectos desde el día siguiente al que aparece la causa.
Cuándo puedes pedir la rehabilitación
Pide que se reanude el pago cuando finalice el trabajo o cuando tus ingresos dejen de superar el límite. Aporta los documentos que acrediten la nueva situación para que el INSS pueda revisarla.
Qué documentos preparar
- Documento de identidad.
- Resolución o datos de la pensión de orfandad.
- Contrato, nóminas, certificado de empresa, baja de actividad o documentos equivalentes.
- Declaración de ingresos cuando el INSS la solicite.
- Datos de representación si actúa otra persona.
Cómo presentarlo
Utiliza el formulario oficial de suspensión o rehabilitación por ingresos del trabajo. Puedes presentarlo por los canales habilitados por la Seguridad Social, por correo o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Qué ocurre después
El INSS revisará la edad, la capacidad laboral y los ingresos. Guarda el justificante de presentación y responde a cualquier petición de documentos para evitar pagos indebidos o retrasos en la rehabilitación.
Fuentes oficiales
- Formulario de suspensión o rehabilitación por ingresos del trabajo.
- Compatibilidad de la pensión de orfandad con el trabajo.
- Declaración de ingresos de orfandad y favor de familiares.