Solicitar asistencia jurídica gratuita no detiene por sí solo el proceso ni el expediente administrativo. Para proteger un plazo que está corriendo, pide la suspensión al órgano que tramita el asunto y no des por hecho que ha sido concedida hasta recibir una decisión.
Cuándo puede acordarse la suspensión
El órgano judicial o administrativo puede suspender el procedimiento cuando sea necesario para evitar la preclusión de un trámite o la indefensión. Preclusión significa perder la posibilidad de realizar una actuación porque terminó su plazo.
Qué condición exige la ley
La solicitud de justicia gratuita debe haberse presentado dentro de los plazos procesales o administrativos aplicables. Si se presenta tarde solo para retrasar el asunto, la protección puede no aplicarse.
Qué debes hacer si el plazo ya está corriendo
- Presenta la solicitud de justicia gratuita cuanto antes.
- Guarda el justificante.
- Presenta un escrito en el procedimiento pidiendo la suspensión.
- Identifica el trámite pendiente, su fecha límite y el perjuicio que causaría el vencimiento.
- Comprueba si el órgano ha dictado una resolución expresa.
Si todavía no has iniciado el proceso
La ley protege de forma específica los plazos de prescripción y caducidad cuando la solicitud se presenta antes de iniciar el proceso. La prescripción se interrumpe y la caducidad se suspende hasta la designación provisional de profesionales o, si no puede realizarse, hasta la resolución administrativa definitiva.
Cuándo vuelve a correr la prescripción
El plazo de prescripción se reanuda cuando te notifican la designación provisional de abogado o la resolución que reconoce o deniega el derecho. La ley añade que se reanudará, en todo caso, cuando hayan pasado dos meses desde la solicitud.
Qué ocurre con la caducidad
La caducidad queda suspendida durante el periodo previsto legalmente. Esto significa que el tiempo deja de avanzar temporalmente y continúa después con el tiempo que quedaba; no debe confundirse con empezar siempre un plazo completo desde cero.
La solicitud de justicia gratuita y la petición de suspensión son actuaciones distintas. Conserva todas las fechas y pide confirmación escrita de la suspensión.
Siguiente paso
Prepara el escrito para pedir la suspensión y entrega al profesional designado todas las notificaciones en cuanto conozcas su nombramiento.