Pregunta revisada el 30 de julio de 2026

¿Puedo registrarme en Cl@ve con NIE?

Sí. Puedes registrarte con NIE mediante carta de invitación, certificado electrónico o atención presencial. La videoidentificación automática está temporalmente limitada a personas españolas con DNI en vigor.

Respuesta directa

Sí. Introduce tu NIE y el número de soporte del documento cuando el registro por internet lo solicite. Para el alta presencial lleva el documento de residencia y el pasaporte o documento de identidad aplicable.

Qué documentos puedes necesitar

  • Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, tarjeta de identidad de extranjero o permiso de residencia.
  • Pasaporte. Si eres ciudadano de la UE, puede admitirse el documento de identidad de tu país de origen.
  • Número de soporte que aparece en tu documento de extranjero para las comprobaciones por internet.
  • Número de móvil personal y dirección de correo electrónico.

Qué vías puedes utilizar

  • Carta de invitación: solicita el envío al domicilio fiscal registrado en la Agencia Tributaria y completa el alta con el código recibido. Obtendrás nivel básico.
  • Certificado electrónico: identifícate por internet con un certificado admitido. Obtendrás nivel avanzado.
  • Oficina de Registro Cl@ve: acude personalmente con los documentos originales. Obtendrás nivel avanzado.

La videoidentificación automática con NIE

Actualmente el registro automático mediante la app Cl@ve se ofrece de forma temporal únicamente a personas españolas con DNI en vigor. Si tienes NIE, utiliza una de las demás modalidades.

Teléfono móvil extranjero

Puedes indicar un número extranjero. Escribe el prefijo del país sin el signo «+» cuando el formulario lo solicite y comprueba que el número puede recibir SMS enviados desde operadores de otros países.

Solo puede asociarse un DNI o NIE a cada número de móvil. Si el número ya está vinculado a otra persona, el sistema aplicará controles adicionales y puede desactivar la asociación anterior.

El registro es personal

Debes completar el alta en tu propio nombre. En una oficina es obligatoria tu presencia física y no se admite que un representante o apoderado se registre por ti.

Fuentes oficiales

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