Respuesta revisada el 31 de julio de 2026

¿Puede la Administración suspender el plazo máximo para resolver?

Sí, pero solo por una causa prevista en la ley o en la normativa específica del procedimiento. La suspensión detiene temporalmente el plazo para resolver y notificar.

Cuándo puede ocurrir

La Ley 39/2015 contempla, entre otros casos, un requerimiento para corregir o completar la solicitud, un informe preceptivo, determinadas pruebas técnicas, negociaciones para un acuerdo o un pronunciamiento judicial indispensable.

Casos en los que la suspensión es obligatoria

El plazo se suspende cuando otra Administración es requerida para revisar un acto que sirve de base, cuando se acuerdan actuaciones complementarias y cuando una persona interesada promueve una recusación.

¿Tienen que avisarme?

Depende de la causa. El artículo 22 exige comunicar el inicio y el final en varios supuestos, como los pronunciamientos europeos, los informes preceptivos y el pronunciamiento judicial. Las actuaciones complementarias deben comenzar mediante un acuerdo motivado notificado.

¿Puede durar indefinidamente?

No debe prolongarse más allá de la causa que la justifica. Además, cuando se solicita un informe preceptivo, esta suspensión no puede superar tres meses. Si el informe no llega dentro de ese límite, el procedimiento continúa.

Comprueba la norma del trámite

La Ley 39/2015 contiene las reglas comunes. Un procedimiento concreto puede tener reglas especiales, por lo que debes revisar también su normativa.

Qué hacer ahora

Consulta el expediente, identifica la causa y anota las fechas. Si falta información, pide acceso al acto que acuerda o comunica la suspensión.

Fuente oficial

Ley 39/2015, artículo 22: suspensión del plazo máximo para resolver.

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