El hospital dispone del servicio de envío durante las primeras 72 horas. Si el nacimiento no se comunica desde el centro sanitario, las personas obligadas deben declararlo ante el Registro Civil dentro de los diez días siguientes.
Si el hospital realiza la comunicación
Los centros sanitarios que ofrecen el servicio pueden enviar electrónicamente la declaración al Registro Civil dentro de las 72 horas siguientes al nacimiento. Firma la documentación que te facilite el centro y confirma después que la inscripción se haya practicado.
Si el hospital no la realiza
Debes promover la inscripción ante el Registro Civil. La Ley del Registro Civil fija un plazo de diez días desde el nacimiento para esta declaración.
¿Son días hábiles o naturales?
La normativa del Registro Civil considera hábiles todos los días y horas del año. Por eso, no debes descontar sábados, domingos o festivos al calcular este plazo. Cuenta desde el día siguiente al nacimiento y actúa cuanto antes.
Cuándo puede llegar a treinta días
El plazo puede ampliarse hasta treinta días si existe una causa justificada. La oficina valorará esa causa, que debe quedar reflejada en la inscripción.
Qué ocurre si ya pasó el plazo
El nacimiento todavía puede inscribirse, pero tendrás que solicitar una inscripción fuera de plazo. El Registro Civil comprobará que no exista una inscripción previa y podrá pedir más pruebas.
Fuentes oficiales
- Inscripción de nacimiento — Ministerio de Justicia.
- Artículo 47 de la Ley 20/2011 del Registro Civil — BOE.
- Instrucción sobre la comunicación electrónica de nacimientos — BOE.