Las dos opciones de la regla general
El recurso de alzada puede presentarse ante el órgano que dictó el acto impugnado o ante el órgano superior jerárquico que debe resolverlo.
No necesitas presentar dos copias en registros diferentes. Elige una de las dos opciones y conserva el justificante que acredite la fecha y el contenido enviado.
Si lo presentas ante el órgano que dictó el acto
Ese órgano debe remitir el recurso al competente para resolverlo en un plazo de diez días. También debe enviar su informe y una copia completa y ordenada del expediente.
La responsabilidad de cumplir este envío corresponde al titular del órgano que dictó el acto recurrido.
Cómo identificar al órgano competente
Revisa el pie de recursos de la notificación. Debe indicar qué recurso procede y ante qué órgano se presenta. En una alzada, normalmente resolverá el superior jerárquico del órgano que tomó la decisión.
Si el acto procede de un tribunal u órgano de selección con autonomía funcional, la Ley establece reglas específicas para determinar de qué órgano depende.
Qué debes comprobar antes de enviarlo
- Que la resolución no pone fin a la vía administrativa.
- Que el recurso indicado es una alzada.
- Que el órgano y el expediente están bien identificados.
- Que presentas el escrito dentro de plazo.
- Que utilizas el formulario o canal exigido por la sede electrónica, cuando exista.
Después de presentarlo
Guarda el justificante completo y comprueba que el recurso aparece incorporado al expediente. Si lo entregaste ante el órgano autor del acto, puedes consultar después si ya lo ha remitido al órgano competente.