Necesitas al menos 12 meses de cotización por cese de actividad dentro de los 24 meses inmediatamente anteriores. Con ese mínimo puedes recibir 4 meses de prestación si cumples los demás requisitos.
Qué cotizaciones cuentan
Solo se computan las cotizaciones específicas por cese de actividad que no se hayan utilizado para reconocer una prestación anterior. Los meses se cuentan como meses completos.
Duración según los meses cotizados
- De 12 a 17 meses cotizados: 4 meses de prestación.
- De 18 a 23 meses: 6 meses.
- De 24 a 29 meses: 8 meses.
- De 30 a 35 meses: 10 meses.
- De 36 a 42 meses: 12 meses.
- De 43 a 47 meses: 16 meses.
- Desde 48 meses: 24 meses.
No basta con haber cotizado
Además debes encontrarte en una situación legal de cese, estar de alta al producirse el hecho y cumplir el resto de requisitos. La mutua revisa la causa y los documentos que la acreditan.
Cómo comprobarlo
Consulta tus bases y periodos en Importass y revisa con tu mutua si la cobertura y los meses son suficientes. No confundas el tiempo total de alta como autónomo con los meses que pueden utilizarse para esta prestación.
Fuentes oficiales
- Artículo 338 de la Ley General de la Seguridad Social — BOE.
- Guía práctica de trabajo autónomo — Importass.
Siguiente paso
Consulta cómo solicitar la prestación por cese de actividad y qué documentación puede pedirte la mutua.