El requerimiento debe indicar qué falta y qué ocurrirá si no respondes. El plazo para completar la solicitud es de diez días hábiles desde la notificación.
1. Anota la fecha límite
Guarda la notificación y calcula diez días hábiles desde el día siguiente. No cuentan sábados, domingos ni festivos aplicables. Si la notificación indica un canal o una fecha concreta, sigue esas instrucciones y conserva una copia.
2. Separa cada defecto o documento pendiente
Crea una lista con cada petición del requerimiento. No respondas con un texto genérico: relaciona cada punto con el documento que aportas o con la explicación correspondiente.
3. Reúne la documentación económica y familiar
Según el caso, pueden pedir justificantes de ingresos, prestaciones, desempleo, patrimonio, vivienda, composición familiar o circunstancias personales. No todos los documentos son obligatorios para todas las personas. Aporta solo los que correspondan a tu situación y a lo solicitado.
4. Completa los datos del proceso
Identifica la resolución o actuación que quieres impugnar, la Administración contraria, la fase del asunto y la fecha límite. Añade la notificación, el número de expediente y los escritos administrativos previos cuando sean relevantes.
5. Explica los documentos que no puedes obtener
Si un documento no existe, no se aplica a tu caso o está pendiente de emisión, indícalo expresamente. Adjunta el justificante de haberlo solicitado y ofrece una prueba alternativa cuando sea posible. No dejes el punto sin respuesta.
6. Presenta un escrito ordenado
Incluye tus datos, el número del expediente de justicia gratuita y una relación numerada de los documentos. Termina pidiendo que se tenga por subsanada la solicitud y que continúe la tramitación.
7. Guarda el justificante completo
Conserva el escrito, todos los anexos y el recibo de presentación. Comprueba que el justificante muestre la fecha, el órgano destinatario y el número de registro.
Qué pasa si no respondes
Cuando transcurren los diez días hábiles sin completar la solicitud, el Colegio de la Abogacía archiva la petición. Ese archivo no resuelve el conflicto principal ni detiene por sí mismo los plazos judiciales.
Después de subsanar
Si la documentación permite apreciar que cumples los requisitos, el Colegio puede realizar la designación provisional dentro del plazo máximo de quince días hábiles desde la subsanación. Después remitirá el expediente a la Comisión para la decisión definitiva.
Lista final de comprobación
- He anotado la fecha límite y el canal de respuesta.
- He contestado por separado a todos los puntos.
- He identificado el expediente y el proceso principal.
- He numerado y descrito cada anexo.
- He explicado cualquier documento que no puedo aportar.
- He guardado el justificante de presentación completo.
- He revisado por separado el plazo del recurso judicial.
Fuentes oficiales
- Ley 1/1996, artículos 14 y 15.
- Reglamento de asistencia jurídica gratuita, artículos 10 y 11.
- Sede Judicial Electrónica: datos y documentación.