Pregunta revisada el 1 de agosto de 2026

¿Votar en contra o abstenerse exime de responsabilidad?

Sí. La Ley 40/2015 establece que los miembros que voten en contra o se abstengan quedan exentos de la responsabilidad que pueda derivarse del acuerdo.

Qué responsabilidad contempla la regla

La exención se refiere a la responsabilidad que, en su caso, derive del acuerdo del órgano colegiado. No significa una exención general respecto de cualquier conducta propia realizada antes, durante o después de la sesión.

Cómo dejar clara tu posición

Emite el voto de forma inequívoca. En un órgano colegiado estatal también puedes pedir que el acta recoja tu voto contrario o tu abstención y sus motivos. Revisa después el borrador.

¿Necesitas presentar un voto particular?

No para que la ley distinga el voto contrario o la abstención. El voto particular cumple otra función: permite explicar por escrito tu discrepancia con el acuerdo mayoritario.

Cuándo puede cambiar la respuesta

El órgano puede estar sujeto a una norma especial sobre votación, deber de abstención o responsabilidades. Comprueba esas reglas y las funciones concretas de tu cargo; no uses esta respuesta para valorar una responsabilidad personal ajena al acuerdo.

Fuente oficial

Ley 40/2015, artículo 17.6: voto y responsabilidad por los acuerdos.

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