Término revisado el 1 de agosto de 2026

Certificación de un acuerdo de órgano colegiado

Es el documento mediante el que el secretario deja constancia oficial de un acuerdo adoptado por un órgano formado por varias personas.

Explicación sencilla

Sirve para acreditar qué decidió un consejo, comisión, junta u otro órgano colegiado. Puedes pedirla si demuestras un interés legítimo relacionado con ese acuerdo.

Ejemplo práctico

Una comisión adopta un acuerdo que afecta a tu expediente. Necesitas demostrar su contenido ante otra unidad administrativa, así que solicitas al secretario una certificación del acuerdo identificado.

Diferencia con el acta

El acta documenta la sesión: asistentes, orden del día, lugar, fecha, puntos principales de las deliberaciones y acuerdos. La certificación puede limitarse a acreditar un acuerdo concreto y no equivale por sí sola a recibir el acta completa.

Diferencia con una copia simple

Una copia reproduce un documento. La certificación incorpora la constancia expedida por quien ejerce la secretaría del órgano sobre el acuerdo solicitado.

Cómo suele entregarse

La ley establece la expedición por medios electrónicos. Puede utilizarse otro medio si la persona lo pide expresamente y no está obligada a relacionarse por internet.

Fuentes oficiales

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