La carencia de rentas es el requisito que exige no superar un límite de ingresos propios para poder solicitar, reanudar o mantener determinados subsidios del SEPE.
Cuál es el límite general
El SEPE comprueba que tus rentas del mes natural anterior no superen el 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Qué ingresos suelen contar
- Salarios y otros rendimientos del trabajo por su importe bruto.
- Pensiones y prestaciones públicas o privadas, salvo las exclusiones expresas.
- Alquileres y rendimientos de cuentas, inversiones u otros bienes.
- Ganancias patrimoniales, herencias y donaciones cuando correspondan.
- Rendimientos netos de actividades económicas.
Qué no se considera renta en algunos casos
No se incluye la indemnización legal por la extinción del contrato. Tampoco se computa la vivienda habitual ni el importe destinado a financiar un convenio especial con la Seguridad Social. El exceso sobre una indemnización legal sí puede contar.
Ejemplo práctico
Solicitas un subsidio en agosto. El SEPE examina las rentas que obtuviste durante julio. Si después cambia tu situación, debes comunicarlo cuando pueda afectar al derecho.
Rentas propias y familiares no son lo mismo
En el subsidio para mayores de 52 años se comprueban las rentas propias de la persona solicitante. Otros subsidios pueden exigir también responsabilidades familiares y calcular ingresos de la unidad familiar.
Fuente oficial
Qué se considera renta para los subsidios — SEPE.